Revista Qué
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a Ciudad se suma a la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) y obligará a plataformas digitales como Mercado Pago o Todo Pago, que son intermediarias en operaciones de pago en entornos digitales, a retener el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La medida fue adoptada mediante la Resolución N°305/2019 de la AGIP que establece que a partir del 1° de febrero de 2020 comenzará a regir un régimen particular de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB) respecto de "las ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios cuyo pago se efectúe con la intervención o por medio de una plataforma o sitio web, aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de Internet y/o cualquier otro medio digital, entre ellas las billeteras virtuales".
La alícuota aplicable será de hasta el 2% -siempre que no forme parte del “Padrón de Alícuotas Diferenciales”- al momento de realizar los pagos de la recaudación, rendición periódica o liquidación, la que fuere anterior. Además, se fija en $ 500 el monto mínimo de la operación sujeta a retención