Argentina
Jueves, 28 marzo 2024
DECRETO
15 de julio de 2020

Por orden de Larreta la Corporación Buenos Aires Sur explotará el Parque Olímpico

A través del Decreto N°259/20 el jefe de gobierno porteño otorgó a la Corporación Buenos Aires Sur el carácter de Administradora del sector “Parque Olímpico” ubicado en la Comuna 8 por un lapso de 5 años.

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La Corporación Buenos Aires Sur es presidida por la macrista Karina Spalla y tiene en su directorio cargos que fueron parte de “pagos políticos”, como se dice en la jerga política. La CBAS es propietaria de la mayoría de las tierras de la Comuna 8, una de las zonas más postergadas de la Ciudad; y tanto desde la comuna como desde los bloques opositores en la Legislatura capitalina denuncian hace años que el organismo ha entregado tierra pública a los grandes empresarios para que generen negocios inmobiliarios millonarios que no benefician a los vecinos de ese sector.

Karina Spalla tuvo un paso activo por el Gobierno de la Ciudad durante la gestión de Mauricio Macri. Fue legisladora porteña por el PRO, pero renunció a su banca; también fue asesora en varios ministerios porteños.

El vicepresidente del CBAS, Matías Pantanali, también con currículum en el Estado, responde a Cristian Ritondo y es hijo de Esther Iglesias, quien fue parte del organismo y es una de las mujeres de máxima confianza del funcionario bonaerense. Pantanali, además, fue legislador porteño y estuvo en la lista como candidato a dirigir la Comuna 8, pero perdió frente al peronista Miguel Eviner.

Ahora, a través del Decreto N°259/20 el jefe de gobierno porteño otorgó a la Corporación Buenos Aires Sur el carácter de Administradora del sector “Parque Olímpico” ubicado en la Comuna 8 por un lapso de 5 años.
La CBS podrá tomar posesión, conservar, mantener, defender, sanear, perfeccionar y usar el inmueble.

Celebrar todo tipo de contratos, convenios, acuerdos, preacuerdos, cartas de intención en la medida que no se encuentre alcanzado ello por el artículo 2° del Decreto N° 365/08 ni tengan por objeto la constitución o transmisión de derechos reales.

Promover inversiones, obras de mejoramiento y/o de parquización.
Organizar eventos y emprendimientos de carácter recreativo.
Realizar cobranzas y percepción por todo concepto del producido de explotación del Parque en cuestión, en la medida que no se encuentre alcanzado ello por el artículo 2° del Decreto N° 365/08.
Recibir pagos correspondientes a organizar eventos y emprendimientos de carácter recreativo.
Contratar los servicios básicos, energía, agua, cloacas, gas, telefonía, datos, de seguro, seguridad y mantenimiento.
Realizar las contrataciones y efectuar las obras necesarias para garantizar el normal funcionamiento del Parque, mediante el concurso de inversiones privadas que permitan optimizar el uso pleno del predio.
Todo otro acto de administración licito que fuera necesario o conveniente para el cumplimiento de sus funciones que no contraríe lo estipulado en el artículo 27 inciso 4° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, el Administrador será responsable de:
i) Administrar el Parque y monitorear los recursos existentes para el desarrollo de actividades recreativas, promoviendo el uso pleno del predio, administrando su mantenimiento y garantizando la seguridad en el mismo.
ii) Impulsar la promoción de actividades institucionales recreativas comunitarias integrales. iii) Promover la articulación con otras áreas para la utilización de las instalaciones y recursos de actividades de carácter comunitario.

La Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado es una organización destinada a colaborar en la estrategia que el Gobierno de la Ciudad promueve para el desarrollo integral de la zona sur.

Calle 44 Num. 372 La Plata, Buenos Aires. Argentina
+54 (0221) 4273709
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