Argentina
Jueves, 18 abril 2024
DETERMINACION JUDICIAL
12 de agosto de 2021

A pesar de su reclamo, Marulito no competirá en las PASO

El TSJ rechazó el pedido del precandidato a legislador porteño por el frente Renovador Federal y la lista de la que formaba parte no podrá presentarse en las próximas elecciones. La Justicia ya había informado que la nómina no había sido presentada en tiempo y forma.

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Con la campaña electoral ya iniciada, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó el recurso de apelación con nulidad en subsidio que presentó el payaso Marulito –cuyo nombre real es Mario Adrián Gabaglio- con la intención de que se le permita a la nómina del frente Renovador Federal participar de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). 

El escrito que Marulito había presentado ante la Justicia llevaba la firma del abogado Martin Lombardo y planteaba que “los recusantes se agravian  entre elementos por no ser el fallo atacado conforme a derecho, ya que figura firmado solo por un miembro del Tribunal”.  Además denunció que “se agravian porque el sistema de carga de pre candidatos carece de los elementos de seguridad y trazabilidad que deben tener las nuevas tecnologías en los procesos electorales”. 

Del escrito se desprendia también que “siempre han estado a derecho y que de parte del Tribunal Electoral no ha habido respuestas a los reclamos previos al 24/7 donde manifestaban los groseros errores del sistema” y le pedía al TSJ que decidiera si “Marulito es precandidato como piden los ciudadanos de CABA que lo han avalado, o seguirá engrosando la lista negra de los proscriptos en democracia”.

Cabe recordar que algunos días antes de que el ex precandidato presentara su recurso de apelación, el TSJ había decidido bajar la nómina debido a que no había sido presentada en los plazos estipulados. El fallo estableció que la decisión se tomo, entre otras cuestiones, ya que “no obra completa la Lista presentada ante el SIEL (no cumple con art. 80, inc. 1)”; “la lista presentada fuera del SIEL resulta extemporánea, toda vez que el plazo legal venció a las 24 horas del 24/7/2021”; “no se han acompañado las aceptaciones de cargos firmadas por los precandidatos/as en forma completa en numerosos casos”; “no se ha acompañado la declaración jurada que acredita el cumplimiento de los requisitos legales y constitucionales”.



 

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