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Jueves, 28 marzo 2024
JUSTICIA
17 de enero de 2019

Revés judicial para Larreta: declararon “ilegales” las rejas colocadas en Plaza de Mayo

Un juzgado porteño declaró la ilegalidad de la instalación por no haberse respetado un artículo del Código de Planeamiento Urbano. Las rejas fueron instaladas en mayo del año pasado pese al reclamo de organizaciones proteccionistas del patrimonio histórico.

Revés judicial para Larreta: declararon “ilegales” las rejas colocadas en Plaza de Mayo - Revista Que

El Juez Osvaldo Otheguy, Juez del Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 8, declaró que fue “ilegal” la instalación de la reja de la Plaza de Mayo en mayo de 2018. El magistrado argumentó que la Ciudad estuvo por fuera de la ley al haber realizado la obra sin respetar el artículo 4.1.2.2.1 del Código de Planeamiento Urbano.

 

La causa judicial fue impulsada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y el Observatorio de Patrimonio y Políticas Públicas. La sentencia fue dictada en la causa caratulada "Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad contra GCBA sobre amparo - Patrimonio Cultural Histórico", Expte A11593-2018/0.

 

En la sentencia, el magistrado Otheguy le otorgó al Gobierno de la Ciudad un plazo de 90 días para la "sanción de una ley" que apruebe la instalación de las rejas en la Plaza de Mayo de modo tal que cumpla con el mencionado artículo del Código Urbanístico.

 

Según la documento judicial, en caso de falta de sanción en el plazo mencionado, se deberá “retirar las rejas en cuestión”, de modo tal que se concrete el "restablecimiento del estado anterior".

 

En el artículo 4.1.2.2.1, el Código Urbanístico señala que: “en el espacio propio de la Plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes. Todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo y aprobado por ley”.

 

Según la resolución judicial constató que las rejas no tuvieron la aprobación previa por parte de la Legislatura de la Ciudad. "Dado que la ilegitimidad atacada por la actora tiene fundamento en el incumplimiento de un mandato expreso previsto por el ordenamiento en cabeza del GCBA y éste lo niega, incumbe al demandado la prueba del cumplimiento del mandato. Y el demandado no ha probado haber decidido la colocación de las rejas con el visado previo del Consejo del Plan Urbano Ambiental y mediante ley de la Legislatura", detalla la sentencia.

 

En el mes de mayo pasado, se desató la polémica por la instalación del cerco perimetral de rejas alrededor de Plaza de Mayo. La administración Larreta planteó que la obra se dio el marco de la ‘puesta en valor’ de la histórica plaza. El principal cambio que realizó el Gobierno de la Ciudad fue el de reemplazar vallas móviles que había en el lugar por rejas fijas.

 

Inmediatamente después, diferentes organizaciones que defienden el patrimonio histórico y cultural de la Ciudad pusieron el grito en el cielo y plantearon que la modificación era ilegal y que llevarían el tema ante la Justicia.

 

Actualmente el cerco de rejas fijas conforma un perímetro que impide el acceso a la Casa de Gobierno a partir de la mitad de la plaza, desde la Pirámide de Mayo, con extensión lateral sobre Yrigoyen y Rivadavia. 

A continuación el fallo judicial completo:


 

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