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27 de marzo de 2026
UNA DE CAL...

Nuevo freno judicial a la reforma laboral

Un juzgado federal suspendió la aplicación de dos artículos de la ley que impulsó el gobierno libertario y aprobó el Congreso. El fallo ratifica los convenios colectivos y elimina las limitaciones a la ultraactividad.

Nuevo freno judicial a la reforma laboral
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Un nuevo fallo judicial le puso un freno parcial a la controvertida ley de reforma laboral que aprobó el Congreso tras haber sido impulsada por el gobierno nacional que conduce Javier Milei.

En este caso, la Justicia dejó sin efecto dos artículos de la norma que limitan la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo y garantizan el financiamiento de los sindicatos.

El Juzgado Federal 2 de San Martín dictaminó la suspensión por seis meses de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral (27.802), al hacer lugar a un recurso presentado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS).

De esta manera, el tribunal ratificó la validez de los convenios colectivos del sector, contrariamente a lo que dispone la reforma del gobierno libertario, que hace caer los convenios a la fecha de su vencimiento aunque no se haya arribado a un acuerdo nuevo. (La vigencia del convenio más allá de su fecha límite si no se firmó un nuevo convenio se conoce como “ultraactividad”.)

El fallo del juzgado ordena al Estado nacional no aplicar las modificaciones antedichas ni los nuevos topes a los aportes sindicales, que implican un desfinanciamiento de los gremios.

“Este fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonomía para negociar. No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos. Defender el financiamiento de nuestra institución es defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país”, dijo Armando Cavalieri, secretario general de la FAECYS.
 

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